Cookie Consent by FreePrivacyPolicy.com AYUDAS CUOTAS SEMESTRALES | Col·legi Oficial de Pedagogia de Catalunya

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AYUDAS CUOTAS SEMESTRALES

SOLICITUDES AYUDAS A LA CUOTA COLEGIAL - PLAZO CERRADO
Las solicitudes están sujetas a valoración de la Comisión Delegada (Junta Gobierno)

El COPEC, como corporación profesional que defiende y promociona a los profesionales de la pedagogía, y que se sustenta de las cuotas colegiales, sensible a las diferentes circunstancias personales y profesionales del colectivo colegial, prevé AYUDAS A LAS CUOTAS SEMESTRALES, con cuotas reducidas para los colegiados y colegiadas que se puedan encontrar en situaciones específicas.

En este sentido, el 17/12/2022, la Junta de Gobierno, revisó, actualizar y aprobar NUEVAS AYUDAS que se suman a los que ya estaban en marcha, quedando de esta forma:

  • SITUACIÓN DE DESEMPLEO: ayuda del 50% en la cuota ordinaria semestral. Acreditación Documento del SOC (*)
  • SITUACIÓN ESPECIAL: ayuda 50% en la cuota ordinaria semestral (valorado por la Comisión Delegada de la Junta Gobierno).
  • SITUACIÓN DE INVALIDEZ 33% o más: ayuda 20% en la cuota ordinaria semestral. Acreditación Grado de invalidez.
  • SITUACIÓN DE JUBILACIÓN: ayuda del 65% en la cuota ordinaria, siente de carácter anual abonándose en enero. Acreditación Resolución/Certificación INSS.
PROCEDIMIENTO

Al inicio de cada semestre se enviará un correo a los colegiados/as para informar de las Cuotas Reducidas y el plazo para solicitarlas.

  • DESEMPLEO Y ESPECIALES: Para acogerse, hay que hacer la SOLICITUD indicando TIPO DE AYUDA y MOTIVO de la solicitud, a través del formulario: https://www.pedagogs.cat/quota-reduida.asp?i=ca
  • INVALIDEZ Y JUBILACIÓN
    • Los colegiados/as que ya lo acreditaron en su momento, no tienen que volverlo a hacer.
    • Los colegiados/as que por primera vez quieran pedirlo, tienen que enviar la documentación acreditativa de la SITUACIÓN a copec.secretaria@pedagogs.cat
  • Las solicitudes están sujetas a valoración de la Comisión Delegada (Junta Gobierno)

IMPORTANTE

De acuerdo con los ESTATUTOS Artículo 2.2.1 g) Derechos de los colegiados/des no excercents: "Los derechos de los colegiados no ejercientes son los mismos que los de los colegiados ejercientes, a excepción hecha de aquellos que van ligados al ejercicio y de aquellas diferencias que resulten de estos Estatutos o de los reglamentos que los vayan desarrollando. Los pedagogos y psicopedagogos jubilados y los pedagogos y psicopedagogos parados tendrán la consideración de colegiados no ejercientes."

Por la condición de NO EXCERCENTE que comporta la CUOTA de JUBILACIÓN y la CUOTA DE PARO, los colegiados/as acogidos a estos tipos de cuota NO TENDRÁN COBERTURA del Seguro Colectivo de Responsablitat Civil del COPEC.

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(**) DOCUMENTOS DEL SOC Y PLAZOS

Necesitamos que nos puedas adjuntar el informe del SOC que podrás descargar en este enlace: https://oficinadetreball.gencat.cat/socfuncions/tramits/

Fecha de publicación: 1/1/2023